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30 junio, 2017 Por Eurobuilding

Las principales novedades de la Ley de Autónomos.

Las principales novedades de la Ley de Autónomos.

El día 29 de Junio de 2.017, el Congreso ha aprobado el texto definitivo de la normativa que regulará el trabajo autónomo incluyendo una serie de medidas.

¿Cuáles son las principales novedades?

  1. Los profesionales autónomos podrán cambiar hasta cuatro veces en el mismo año su base de cotización, para adecuarla mejor a sus ingresos.
  2. Los autónomos podrán darse de alta y de baja en el RETA (hasta 3 veces), para que solo paguen por los días que hayan trabajado.
  3. Se amplía la tarifa plana de 50 euros a un año.
  4. Los emprendedores podrán optar de nuevo a la tarifa plana dos años después de haber finalizado la actividad empresarial (antes había que esperar 5 años).
  5. Se ha establecido una tarifa plana de 50 euros de cuota para las mujeres que se reincorporen al trabajo después de la baja por maternidad.
  6. Se ha aprobado la exención del 100% de la cuota de autónomos durante un año para el cuidado de menores o dependientes.
  7. Se ha corregido la cuota de los autónomos societarios vinculándola a la subida del salario mínimo interprofesional, de manera que se determine en los presupuestos generales del Estado (PGE) cada ejercicio, y después de hablarlo con las asociaciones de autónomos más importantes.
  8. Se permite la compatibilización al 100% del trabajo por cuenta propia con la pensión del autónomo.
  9. Se han reducido los recargos por retraso en los pagos a la Seguridad Social a la mitad, pasando del 20% al 10% en el primer mes.
  10. Se devolverá el exceso de cotización de los trabajadores con pluriactividad sin que tengan que solicitarla.
  11. Los trabajadores por cuenta propia podrán acceder a una formación adaptada a sus necesidades, con el fin de mejorar su competitividad y consoliden su actividad empresarial.
  12. Mejora de las condiciones de los emprendedores con discapacidad.
  13. Se facilita y se permite la contratación a los hijos discapacitados de los autónomos.
  14. Se reconoce el accidente in-itenere (es decir, de ida o de vuelta al puesto de trabajo) en los profesionales autónomos.
  15. Se mejora la formación en prevención de riesgos laborales en los profesionales autónomos.
  16. Se les da un mayor protagonismo a los autónomos en la participación de las organizaciones.
  17. Las organizaciones de autónomos más importantes y representativas pasan a considerarse de “utilidad pública”.
  18. Las organizaciones también contarán con un año de plazo para entrar en el CES y para la constitución del Consejo del Trabajo Autónomo.
  19. Los autónomos podrán deducirse un 30% de los gastos de suministros, como el agua, la luz, la electricidad y la telefonía, siempre que se trabaje desde casa.
  20. Se han establecido deducciones por dietas por manutención, cuando afecta directamente a la actividad, con un límite de 26´67 euros diarios, cifra que aumenta hasta los 48,08 euros cuando estén en el extranjero, siempre que el pago de la factura de hoteles y restaurantes se haya realizado a través de medios telemáticos.

 

Reivindicaciones no incluidas en la nueva Ley.

Quedan pendientes otras reclamaciones históricas de las organizaciones de autónomos como la exención del pago a la Seguridad Social si los ingresos del autónomo no llegan al SMI, o la cotización a la Seguridad Social por rentas reales del trabajo, y los falsos autónomos entre otras, y también se cae de la Ley la posibilidad de poder deducirse el 50% de los gastos de gasolina que sí estaba previsto en el inicial Proyecto de Ley.

 

¿Cuándo entrará en Vigor?

La Comisión de Empleo del Congreso, con competencia legislativa plena, ha aprobado con fecha 29/6/2017 y por unanimidad, la nueva Ley de Medidas Urgentes al Trabajo Autónomo,  que ahora continuará su trámite en el Senado, y una vez se apruebe allí  será sancionada por el Rey y publicada en el BOE, por lo que, previsiblemente podría entrar en vigor a partir de Septiembre, aunque está por confirmar la fecha exacta.

 

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